En el marco del compromiso con la Ética y los Valores declarados por Empresas Ecomac, se pretende responder a los lineamientos establecidos en materia de cumplimiento legal.
La ley Nº 20.393, Ley de responsabilidad penal de las personas jurídicas, establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas por la comisión de los siguientes delitos, siempre y cuando, éstos sean cometidos en beneficio de la empresa:
La ley Nº 19.913 que creó la Unidad de Análisis Financiero (UAF) para abordar las funciones de recibir y resguardar la información sobre actos, transacciones y operaciones sospechosas de Lavado de activos y Financiamiento del terrorismo. La circular Nº 049 de la UAF (enero 2013) imparte instrucciones a las entidades obligadas a reportar respecto de su deber de informar.
A efectos de la dispuesto por la Unidad de Análisis Financiero (UAF), se ha designado para cada una de las empresas reguladas por este organismo, a los responsables de cumplir roles como Oficiales de Cumplimiento ante dicha institución. Independientemente de la Plataforma de Gestión de Ética, las denuncias o señales de alerta por cualquier operación sospechosa observada, son evaluadas y reportadas por el Oficial de Cumplimiento al Comité de Prevención (mismos integrantes del Comité de Ética).
Si algún colaborador de Empresas Ecomac tiene conocimiento de un hecho asociado a alguno de estos delitos, tiene la obligación de denunciarlo al Comité de Ética a través de la Plataforma de Denuncias y Consultas, o a los integrantes del Comité de Ética, con el objeto de proseguir con las acciones que exija la normativa legal.